El sueldo “ético” y la doctrina de la Iglesia

¿Qué quiere decirse cuando se plantea que el sueldo mínimo sea “ético”? En términos generales, que cumpla con ciertos estándares de calidad moral. Se olvida sin embargo, que dichos estándares deben ser juzgados en virtud de un sistema moral específico. Benedicto XVI, en su encíclica Caritas in Veritate, nos recuerda que la mera apelación a lo ético es insuficiente, puesto que “mucho depende del sistema moral de referencia”.

Miércoles 4 de mayo de 2016 | Fernando Arancibia

Muchas y variadas reacciones ha suscitado la opinión de monseñor Goic en torno al sueldo mínimo ético, el cual, sostuvo, no tendría que ser inferior a los $400.000. Si bien su propuesta tuvo un eco positivo en quienes valoraron la propuesta del prelado como un aporte a la discusión en torno al sueldo mínimo, otros, como Carlos Peña, lo acusaron de "buenismo", es decir, de presentar una solución fácil y obvia.

Más allá de estas reacciones, conviene entender la propuesta del obispo en el contexto de la doctrina de la Iglesia sobre el "salario justo", y su carácter "ético". En primer lugar: ¿Qué quiere decirse cuando se plantea que el sueldo mínimo sea "ético"? En términos generales, que cumpla con ciertos estándares de calidad moral. Se olvida, sin embargo, que dichos estándares deben ser juzgados en virtud de un sistema moral específico. Benedicto XVI, en su encíclica Caritas in Veritate, nos recuerda que la mera apelación a lo ético es insuficiente, puesto que "mucho depende del sistema moral de referencia", y que "conviene... elaborar un criterio de discernimiento válido, pues se nota un cierto abuso del adjetivo 'ético', que usado de manera genérica, puede abarcar también contenidos completamente distintos, hasta el punto de hacer pasar por éticas decisiones y opciones contrarias a la justicia y al verdadero bien del hombre" (nº 45).

La Iglesia, a partir de y en consonancia con sistemas filosóficos afines a la idea de dignidad humana, ha elaborado criterios para definir este sueldo, el cual es "justo" en la medida en que supone una adecuada retribución al trabajador por su labor, y puede ser considerado "ético" en cuanto se inspira en una concepción del bien y del hombre que se inspira en su desarrollo integral y pleno. A continuación se expondrán algunos criterios que pueden ser descubiertos en el magisterio social de la Iglesia. He recogido los que me parecen más significativos para objeto de fijar pautas de discernimiento sobre el punto debatido.

En primer lugar, es necesario considerar la naturaleza del trabajo. Esto significa que, como señala Juan XXIII en su encíclica Mater et Magistra, "éste de ninguna manera puede considerarse como una mercancía cualquiera, porque procede directamente de la persona humana" (nº 18).

En segundo lugar, hay que considerar la posición del trabajo en el proceso de producción de la riqueza. En este sentido, el magisterio de la Iglesia reconoce la primacía del trabajo por sobre el capital. Si bien es cierto que, como reconoce Pío XI en Quadragesimo Anno, ambos son necesarios para generar la riqueza (Cf. nº 53), es el trabajo el que prima. A este respecto, señala León XIII en la carta encíclica Rerum Novarum que "es verdad incuestionable que la riqueza nacional proviene no de otra cosa que del trabajo de los obreros" (nº 27). Por ello, Juan Pablo II, en Laborem Exercens, reafirma este punto, sosteniendo que el trabajo es causa eficiente en el proceso productivo, mientras que el capital, causa instrumental (Cf. nº 12).

En tercer lugar, es necesario tener en cuenta el valor del trabajo realizado. Por ello debe considerarse "la efectiva aportación del trabajador a la producción económica" (Mater et Magistra, nº 71). Pero no basta ver la dimensión individual del trabajo; es necesario considerar, además, la valoración social del mismo. Como nota Juan XXIII, "en las naciones económicas más desarrolladas no raras veces se observa el contraste de que mientras se fijan retribuciones altas, e incluso altísimas, por prestaciones de poca importancia o de valor discutible, al trabajo, en cambio, asiduo y provechoso de categorías enteras de ciudadanos honrados y diligentes se les retribuye con salarios demasiado bajos, insuficientes para las necesidades de la vida, o en todo caso, inferiores a lo que la justicia exige" (Ibíd., nº 70). En este punto es necesario tomar en consideración el modo en que determinado trabajo aporta al bien común de la sociedad. En este punto, es deseable, además, considerar el máximo empleo de la mano de obra de la nación, como factor para determinar la entidad de este bien común (Cf. Ibíd., nº 71).

En cuarto lugar, hay que tener en consideración las necesidades del trabajador y de quienes dependen directamente de él. La mayoría de las veces, detrás de él hay una familia con numerosas necesidades. Por ello, es necesario que "los trabajadores cobren un salario cuyo importe les permita mantener un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a sus obligaciones familiares" (Ibíd., nº 71).

Por último, no hay que omitir la realidad económica. Es necesario "considerar la situación financiera de la empresa en que se trabaja" (Ibíd.). Una exigencia mayor a la capacidad de la empresa terminará por arruinarla y a quienes dependen laboralmente de ella. Una exigencia muy por debajo de las posibilidades de la empresa será injusta en relación al aporte real de los trabajadores. Si bien es cierto que el segundo caso parece más común, no hay que dejar de considerar, sobre todo, la situación de las pequeñas y medianas empresas, las cuales en muchos casos no tienen las herramientas técnicas ni tecnológicas para hacer frente a las grandes cadenas, pero que, sin embargo, tienen que lidiar con las mismas exigencias.

Los criterios anteriores se complementan con otros dos. El primero implica "la reinserción del mundo económico en el orden moral" (Ibíd., nº 37). Esto es, el orden de las relaciones sociales económicas no puede quedar exento de valoración moral. Los problemas económicos son, a su vez, problemas éticos, puesto que afectan en una medida fundamental la dignidad de la persona, sobre todo en cuanto determinan las posibilidades de su realización y de quienes están concernidos en la relación de trabajo. El segundo es el bien común universal (cf. Ibíd. nº 71). No basta con preocuparse de la prosperidad del propio grupo o de la propia nación. Es necesario postular, como hace notar Paulo VI, un "deber de solidaridad de los pueblos" (Populorum Progressio, nº 48).

Finalmente, es necesario destacar que el sueldo no puede fijarse a partir de un único criterio, sino que es necesario considerar la pluralidad de factores que influyen en el proceso de producción de la riqueza, las exigencias de justicia y el bien común (en este punto se pronuncian León XIII en Rerum Novarum, nº 17 y Pío XI en Quadragesimo Anno, nº 66). Si bien es cierto que esto puede sugerir la improcedencia de un monto universal que se imponga a todo tipo de trabajadores e industrias, por otra parte, "no es lícito abandonar completamente la determinación del salario a la libre competencia del mercado". Es necesario, entonces, una adecuada regulación en este punto.

Las consideraciones anteriores pueden suscitar numerosas reflexiones y sugerir variadas medidas de política pública para fortalecer un sueldo que obedezca a estas exigencias éticas y a la capacidad real de nuestra economía. En lo que concierte a esta columna, sugiero las siguientes: (i) El Estado debe asumir una posición activa en aquellos casos en que, pudiendo los trabajadores optar a una mejor posición salarial, ello no se hace por motivos poco éticos. (ii) Es necesario, también, apelar a la conciencia del empleador cristiano que, en conocimiento de la rica doctrina que la Iglesia ha desarrollado sobre los asuntos sociales, se esfuerza por encarnarla en su propia realidad. (iii) Finalmente, los técnicos de inspiración cristiana deben, asimismo, desarrollar los medios técnicos para concretar estos principios de justicia en el desarrollo de políticas públicas.

Fuente: Forjadores.cl

Comentarios
Total comentarios: 2
08/05/2016 - 13:45:29  
Muy de acuerdo con Patricio. El articulo es claro y fundamentado. Pero ciertamente que toda exigencia para otros debe estar avalada por un mínimo de respaldo .Ello pertenece a la ética misma en su consideración de "integridad de vida". No es ético quien se asigne un sueldo 20 veces más que a uno de sus empleados....
Debemos suponer que existen miles de empresarios católicos que podrían reconocer su vocación social, no solo no la conocen , sino además como indica Patricio no la ponen en practica. .Pues basta un solo ejemplo (de hecho varios) de manejo no ético por los que administran la Doctrina Social. para no aceptar el mensaje....

John Hitchman
USA
04/05/2016 - 12:18:10  
Felicitaciones al autor, excelente columna, muy clara y bien documentada.
El problema es LA CONSECUENCIA DEL MENSAJE. En efecto, en nuestra iglesia hay muchos que ganan menos del monto de sueldo ético señalado por el Obispo Goic. Lo que le hiso ver la propia CUT. Por lo mismo creo que no basta con tener la razón, sino actuar en consecuencia. Recordemos que Jesús nos señaló que seremos juzgados por los actos y no por lo que pensamos. LA CONSECUENCIA Y COHERENCIA ES LO PRIMERO, después levantemos la voz para decirle al resto lo que hay que hacer.

Patricio Young
Federación de Familias
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