A PROPOSITO DEL CASO DE LUANA : ¿AUTONOMÍA O INDIGNIDAD?
Hay palabras que en cada momento de la historia tienen un prestigio inmenso. En nuestra época todo lo que tiene que ver con autodeterminación o libertad se ve como algo positivo; de ahí que una causa ...
| Pablo Crevillén de Madrid (España) Pablo Crevillén de Madrid (España)Hay palabras que en cada momento de la historia tienen un prestigio inmenso. En nuestra época todo lo que tiene que ver con autodeterminación o libertad se ve como algo positivo; de ahí que una causa que se defiende en su nombre se ve revestida de prestigio. Eso ocurrió con el aborto y en el debate de la eutanasia se ha empleado el mismo camino. Uno de los argumentos fundamentales utilizados es que se trata de una decisión libre de la persona, en la que el Estado no debe intervenir. Pero la eutanasia no depende, al menos exclusivamente, de la voluntad del sujeto. Por una parte, se han establecido en las leyes que regulan la eutanasia en el mundo, requisitos y controles que son puestos con el fin de tranquilizar a la opinión pública preocupada por los posibles abusos, pero en la práctica es muy fácil evitarlos. Así, se ha informado de casos de pacientes cuya petición de eutanasia o suicidio asistido ha sido rechazada por dos médicos, por considerar que no estaban en condiciones de tomar la decisión, por sufrir depresión u otras causas, que finalmente han encontrado un médico "comprensivo" que les ha "ayudado". Además, no basta la decisión del sujeto. Es evidente que bajo ninguna legislación del mundo se aceptaría la petición de asistencia al suicidio de un parado (desempleado) de larga duración o de un joven que ha sufrido un desengaño amoroso. Y es que mientras en el caso de que alguien decida suicidarse, nadie sino él juzga su vida, en el caso de la eutanasia siempre tiene que haber un tercero que llegue a la conclusión de que la vida de la persona no vale la pena y tiene motivos para poner fin a ella. Y esto se ve más claro todavía en el caso de aquéllos que no tienen capacidad para prestar consentimiento. Así sucede en el caso de niños pequeños a los que en Holanda se ha practicado la eutanasia o en los casos de estado vegetativo persistente. Estos últimos son un caso límite; se encuentran en él aquellas personas que han sufrido daños cerebrales provocados por un paro cardio-respiratorio. Cuando se les recupera de ese paro se desconoce el alcance de su lesión cerebral por lo que se toman todas las medidas necesarias de soporte vital. Algunos se recuperan; otros nunca lo hacen. Y con ellos se plantea el problema de qué hacer con la sonda nasogástrica que les permite nutrirse e hidratarse. La Iglesia para valorar los tratamientos médicos distingue entre tratamientos proporcionados y desproporcionados; y ha considerado la sonda como un cuidado ordinario debido al enfermo que, en general, no debe retirarse. En los casos que han llegado a los Tribunales (Nancy Cruzan, Terri Schiavo o Eluana Englaro) se ha aceptado la retirada de la sonda porque algunos testigos han declarado que esas personas manifestaron alguna vez que de encontrarse en ese estado no querrían que se les mantuviera con vida. Pero lo llamativo es que la retirada de la sonda no se produce a los seis meses o al año de sufrir el accidente (lo que sería lógico, dadas las pocas posibilidades de recuperación y la presunta voluntad del paciente) sino más de diez años después, con lo que da la sensación que no es tanto la voluntad del enfermo la que se tiene en cuenta, como la de algunos familiares que ya no soportan una situación difícil. Lo que al final parece importar no es la decisión del paciente (que no podemos conocer) sino la consideración de que una vida así es indigna; y calificar unas vidas como indignas supone iniciar un camino peligroso. La ley nazi de eutanasia utilizaba una expresión similar: Lebensuwertes Leben.